NATURALIZACIÓN POR MATRIMONIO

NORMATIVA VIGENTE

La adquisición de la ciudadanía italiana por parte del cónyuge extranjero o apátrida que haya contraído matrimonio con un ciudadano/a italiano/a a partir del 27 de abril de 1983 está actualmente regulada por la Ley 5 de febrero de 1992, n. 91 (artículos 5, 6, 7 y 8) y sus modificaciones posteriores.
La solicitud de ciudadanía italiana también puede ser presentada por parte del ciudadano extranjero que haya establecido una unión civil con un ciudadano/a italiano/a y que esté registrada en los registros del estado civil del Municipio italiano (Decreto Legislativo 5, 6 y 7/2017).
El cónyuge/parte extranjero de la unión civil puede adquirir la ciudadanía italiana mediante solicitud, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la legislación vigente, como se explica a continuación.
 
Requisitos:

  • el cónyuge italiano debe estar debidamente inscripto en el AIRE (Anagrafe degli Italiani Residenti all’Estero);
  • deben haber transcurrido tres años desde el matrimonio civil/unión civil (este plazo se reduce a la mitad en caso de la presencia de hijos nacidos o adoptados por la pareja);
  • el matrimonio/unión civil debe estar registrado en el Municipio italiano correspondiente;
  • el vínculo matrimonial debe seguir vigente (no debe haber fallecido ninguno de los cónyuges, ni haberse producido la disolución, anulación o cesación de los efectos civiles del matrimonio, y no debe existir separación legal entre los cónyuges);
  • conocimiento adecuado del idioma italiano. Este requisito se introdujo con el artículo 9.1 de la Ley n. 91 del 5 de febrero de 1992 sobre ciudadanía, y establece que se requiere un conocimiento del idioma a nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, para las solicitudes de naturalización por matrimonio (artículo 5 de la Ley 91/1992) presentadas a partir del 4 de diciembre de 2018. 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

  • acta de nacimiento original – solicitada al «Registro Civil» competente. El acta debe ser presentada en su formato original, apostillada y traducida al italiano. Las actas de nacimiento emitidas fuera de Argentina deben ser legalizadas de acuerdo con los procedimientos establecidos por el país de origen (consultar al Consulado italiano competente en la jurisdicción correspondiente);
  • extracto del acta de matrimonio emitido por el Municipio italiano en donde resulten los detalles de la transcripción.
  • certificado de antecedentes penales en original – emitido por el «Registro Nacional de Reincidencia», apostillado y traducido al italiano. En caso de que la persona haya nacido y/o vivido en el extranjero (a partir de los 14 años de edad durante más de 6 meses), se debe presentar el certificado de antecedentes penales de ese país con las respectivas legalizaciones (consultar al Consulado italiano competente territorialmente). Este certificado tiene una validez de 6 meses a partir de la fecha de emisión;
  • documentación que certifique el conocimiento del idioma italiano – para demostrar el adecuado conocimiento del idioma italiano, es necesasrio adjuntar, al momento de presentar la solicitud, un título de estudio emitido por una institución educativa pública o privada en Italia o en el extranjero, reconocido por el Ministerio de Educación, Universidades e Investigación y el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional, o en su defecto, un certificado emitido por una de las entidades certificadoras reconocidas por los Ministerios mencionados anteriormente:
    • Universidad para extranjeros de Siena;
    • Universidad para extranjeros de Perugia;
    • Universidad Roma Tre;
    • Sociedad Dante Alighieri;
    • Instituto Italiano de Cultura.
  • DNI vigente de ambos cónyuges que demuestre la residencia en la circunscripción (y en el mismo domicilio).

COSTOS

Se deberá realizar un pago de €250 y sello digital por un valor de 16 euros – los pagos se realizan a través de PagoPA directamente desde el Portal de Servicios de Ciudadanía del Ministerio del Interior durante el proceso de completar el formulario electrónico de solicitud. *Se recomienda realizar el pago una vez que se disponga de todos los documentos requeridos, incluyendo el certificado que acredite el conocimiento del idioma italiano nivel B1;